Las iglesias han sido, a lo largo de la historia, mucho más que espacios de oración y encuentro espiritual. Son comunidades vivas que organizan actividades educativas, asistenciales y sociales, muchas de las cuales requieren de personal cualificado para su funcionamiento

Sin embargo, cuando se habla de empleo en la Iglesia, surgen muchas dudas: ¿Puede una parroquia contratar empleados? ¿Se les paga un salario? 

En Aster Asesoría, hemos redactado este artículo, donde analizamos en qué casos se configura una relación laboral, qué tipo de trabajos pueden ofrecer las iglesias.

¿Pueden las iglesias contratar empleados?

Sí, las iglesias pueden contratar personal y pagar un salario, pero no en todos los casos se configura una relación laboral. 

De acuerdo con la legislación española, las iglesias son personas jurídicas y, como tales, pueden actuar como empleadores cuando requieren personal para tareas administrativas, educativas, asistenciales o de mantenimiento.

Ejemplos de trabajadores contratados por iglesias:

    • Secretarios y administrativos.
    • Personal de limpieza y mantenimiento.
    • Profesores en colegios religiosos.
    • Personal sanitario en hospitales vinculados a la Iglesia.
    • Coordinadores de actividades sociales y de caridad.

En estos casos, las iglesias deben cumplir con todas las obligaciones laborales establecidas de nuestro territorio, incluyendo contratos, salarios, cotizaciones a la seguridad social y pago de impuestos.

¿Las iglesias tienen una relación laboral con sus colaboradores religiosos?

La situación cambia cuando se trata de sacerdotes, diáconos, monjas, pastores o cualquier persona que colabora en la evangelización o en el culto. 

La Corte Suprema de Justicia, estableció que no existe una relación laboral entre las iglesias y sus colaboradores religiosos porque su labor se realiza por vocación y no bajo un vínculo de subordinación tradicional.

Condiciones que impiden la relación laboral en iglesias:

    • La actividad se realiza por convicción y vocación.
    • No hay una subordinación laboral como en un empleo común.
    • El trabajo tiene un fin espiritual o doctrinal.
    • No se rige por una remuneración establecida en un contrato laboral.

Dicho de otro modo, un sacerdote no es un empleado de la Iglesia, sino un ministro de culto que desempeña su labor por servicio a su comunidad.

Diferencias entre trabajadores laicos y colaboradores religiosos

Para entender mejor el tema, es importante distinguir entre dos tipos de personas que trabajan en las iglesias:

Tipo de trabajador Relación laboral Ejemplo
Empleado laico Tiene contrato, salario y derechos laborales. Secretaria de parroquia, docente en colegio religioso, personal de limpieza.
Colaborador religioso No tiene contrato ni salario, su labor es por vocación. Sacerdote, monja, diácono, catequista voluntario.

Contratación de empleados laicos en la Iglesia

Cuando una iglesia necesita incorporar personal para diferentes tareas administrativas, debe cumplir con la normativa laboral vigente, al igual que cualquier otro empleador. 

La contratación debe garantizar derechos laborales y condiciones salariales adecuadas, asegurando que la relación entre la institución y el trabajador esté correctamente regulada.

Requisitos legales para la contratación en iglesias:

    • Formalización de un contrato de trabajo ajustado a la legislación.
    • Alta en la Seguridad Social y pago de las cotizaciones correspondientes.
    • Cumplimiento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    • Reconocimiento de derechos laborales, como vacaciones, bajas médicas y acceso a pensión.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el año anterior fue de 1.134 euros brutos al mes en 14 pagas (o 1.260 euros en 12 pagas). 

Para 2025, aún no se ha anunciado oficialmente una actualización, aunque se prevé un posible incremento en función del coste de vida y la negociación con los sindicatos. 

Las iglesias que contraten empleados deberán garantizar que su retribución no sea inferior al SMI vigente en el momento de la contratación, cumpliendo con las condiciones establecidas en la normativa laboral.

Obligaciones fiscales de las iglesias como empleadores

Si bien las iglesias y entidades religiosas están exentas del Impuesto de Sociedades por sus actividades pastorales y caritativas, esto no las exime de cumplir con las obligaciones fiscales y laborales derivadas de la contratación de empleados. 

Como cualquier otro empleador, deben realizar las correspondientes retenciones y cotizaciones a la Seguridad Social.

Impuestos y cotizaciones que se deben pagar:

    • Seguridad Social: Pago mensual de cotizaciones por cada trabajador contratado.
    • IRPF: Retención del impuesto sobre la renta en los salarios de los empleados.
    • Cotización por contingencias comunes y desempleo.

Además, si la iglesia desarrolla actividades económicas, como la gestión de colegios, residencias o publicaciones con fines comerciales, es posible que tenga que abonar el IVA en determinadas operaciones.

La tributación dependerá de si dichas actividades están exentas o sujetas a impuestos según la legislación vigente.

Oportunidades laborales en la Iglesia para laicos

Estas oportunidades permiten a profesionales de diferentes sectores desempeñar un trabajo dentro de instituciones vinculadas a la Iglesia, sin necesidad de formar parte del clero.

Ámbitos donde las iglesias ofrecen empleo

    • Educación: Colegios católicos y universidades eclesiásticas requieren docentes, personal administrativo y de mantenimiento.
    • Asistencia social: Organizaciones como Cáritas y otras entidades religiosas contratan trabajadores sociales, psicólogos y coordinadores de proyectos.
    • Gestión y administración: Muchas parroquias necesitan secretarios, contables o personal para la gestión de eventos y actividades pastorales.
    • Mantenimiento y servicios: Iglesias y conventos requieren empleados para limpieza, restauración del patrimonio y seguridad.

En ciudades como Madrid, varias parroquias y entidades eclesiales también funcionan como intermediarias para ayudar a personas en búsqueda de empleo

Si quieres encontrar oportunidades en este sector, lo ideal es consultar sitios web de diócesis, congregaciones religiosas y organizaciones benéficas que publican sus ofertas laborales de manera oficial.

La Iglesia como generadora de empleo

Las iglesias no solo cumplen una función espiritual, sino que también generan miles de empleos a lo largo del mundo. Muchas personas encuentran en las instituciones religiosas una fuente de trabajo estable y regulada por la ley.

En Aster Asesoría, podemos ayudarte a resolver dudas sobre contratación en entidades religiosas, normativas fiscales y gestión laboral en iglesias.

Preguntas frecuentes sobre trabajar en la Iglesia

¿Dónde se pueden encontrar oportunidades para trabajar en la Iglesia?

Si buscas empleo en instituciones religiosas, algunos de los portales más utilizados en España son:

  • Red de Colegios Diocesanos: www.colegiosdioc.es
  • Bolsa de empleo de Cáritas: www.caritas.es
  • Trabajos en parroquias y diócesis: Consultar las páginas web de cada diócesis, como la Archidiócesis de Madrid.
  • Ofertas de empleo en congregaciones religiosas: Muchas congregaciones publican vacantes en sus propios sitios web.
¿Cuáles son los requisitos para trabajar en un colegio católico?

Para trabajar en colegios religiosos, se suelen exigir:

  • Título universitario en la especialidad correspondiente (por ejemplo, Magisterio o Filología).
  • Formación específica en enseñanza religiosa (DEI o certificación de la Conferencia Episcopal).
  • Acreditación en formación pedagógica para secundaria y bachillerato (Máster en Formación del Profesorado).

Muchos colegios católicos también valoran la experiencia en educación y la participación en actividades pastorales.

¿Las parroquias pueden ayudar a conseguir trabajo?

Sí, algunas parroquias tienen programas de apoyo al empleo dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad. A través de redes de caridad y asistencia social, pueden facilitar oportunidades laborales en distintas áreas o conectar a los solicitantes con entidades que buscan personal.

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Las iglesias han sido, a lo largo de la historia, mucho más que espacios de oración y encuentro espiritual. Son comunidades vivas que organizan actividades educativas, asistenciales y sociales, muchas de las cuales requieren de personal cualificado para su funcionamiento

Sin embargo, cuando se habla de empleo en la Iglesia, surgen muchas dudas: ¿Puede una parroquia contratar empleados? ¿Se les paga un salario? 

En Aster Asesoría, hemos redactado este artículo, donde analizamos en qué casos se configura una relación laboral, qué tipo de trabajos pueden ofrecer las iglesias.

¿Pueden las iglesias contratar empleados?

Sí, las iglesias pueden contratar personal y pagar un salario, pero no en todos los casos se configura una relación laboral. 

De acuerdo con la legislación española, las iglesias son personas jurídicas y, como tales, pueden actuar como empleadores cuando requieren personal para tareas administrativas, educativas, asistenciales o de mantenimiento.

Ejemplos de trabajadores contratados por iglesias:

    • Secretarios y administrativos.
    • Personal de limpieza y mantenimiento.
    • Profesores en colegios religiosos.
    • Personal sanitario en hospitales vinculados a la Iglesia.
    • Coordinadores de actividades sociales y de caridad.

En estos casos, las iglesias deben cumplir con todas las obligaciones laborales establecidas de nuestro territorio, incluyendo contratos, salarios, cotizaciones a la seguridad social y pago de impuestos.

¿Las iglesias tienen una relación laboral con sus colaboradores religiosos?

La situación cambia cuando se trata de sacerdotes, diáconos, monjas, pastores o cualquier persona que colabora en la evangelización o en el culto. 

La Corte Suprema de Justicia, estableció que no existe una relación laboral entre las iglesias y sus colaboradores religiosos porque su labor se realiza por vocación y no bajo un vínculo de subordinación tradicional.

Condiciones que impiden la relación laboral en iglesias:

    • La actividad se realiza por convicción y vocación.
    • No hay una subordinación laboral como en un empleo común.
    • El trabajo tiene un fin espiritual o doctrinal.
    • No se rige por una remuneración establecida en un contrato laboral.

Dicho de otro modo, un sacerdote no es un empleado de la Iglesia, sino un ministro de culto que desempeña su labor por servicio a su comunidad.

Diferencias entre trabajadores laicos y colaboradores religiosos

Para entender mejor el tema, es importante distinguir entre dos tipos de personas que trabajan en las iglesias:

Tipo de trabajador Relación laboral Ejemplo
Empleado laico Tiene contrato, salario y derechos laborales. Secretaria de parroquia, docente en colegio religioso, personal de limpieza.
Colaborador religioso No tiene contrato ni salario, su labor es por vocación. Sacerdote, monja, diácono, catequista voluntario.

Contratación de empleados laicos en la Iglesia

Cuando una iglesia necesita incorporar personal para diferentes tareas administrativas, debe cumplir con la normativa laboral vigente, al igual que cualquier otro empleador. 

La contratación debe garantizar derechos laborales y condiciones salariales adecuadas, asegurando que la relación entre la institución y el trabajador esté correctamente regulada.

Requisitos legales para la contratación en iglesias:

    • Formalización de un contrato de trabajo ajustado a la legislación.
    • Alta en la Seguridad Social y pago de las cotizaciones correspondientes.
    • Cumplimiento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    • Reconocimiento de derechos laborales, como vacaciones, bajas médicas y acceso a pensión.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el año anterior fue de 1.134 euros brutos al mes en 14 pagas (o 1.260 euros en 12 pagas). 

Para 2025, aún no se ha anunciado oficialmente una actualización, aunque se prevé un posible incremento en función del coste de vida y la negociación con los sindicatos. 

Las iglesias que contraten empleados deberán garantizar que su retribución no sea inferior al SMI vigente en el momento de la contratación, cumpliendo con las condiciones establecidas en la normativa laboral.

Obligaciones fiscales de las iglesias como empleadores

Si bien las iglesias y entidades religiosas están exentas del Impuesto de Sociedades por sus actividades pastorales y caritativas, esto no las exime de cumplir con las obligaciones fiscales y laborales derivadas de la contratación de empleados. 

Como cualquier otro empleador, deben realizar las correspondientes retenciones y cotizaciones a la Seguridad Social.

Impuestos y cotizaciones que se deben pagar:

    • Seguridad Social: Pago mensual de cotizaciones por cada trabajador contratado.
    • IRPF: Retención del impuesto sobre la renta en los salarios de los empleados.
    • Cotización por contingencias comunes y desempleo.

Además, si la iglesia desarrolla actividades económicas, como la gestión de colegios, residencias o publicaciones con fines comerciales, es posible que tenga que abonar el IVA en determinadas operaciones.

La tributación dependerá de si dichas actividades están exentas o sujetas a impuestos según la legislación vigente.

Oportunidades laborales en la Iglesia para laicos

Estas oportunidades permiten a profesionales de diferentes sectores desempeñar un trabajo dentro de instituciones vinculadas a la Iglesia, sin necesidad de formar parte del clero.

Ámbitos donde las iglesias ofrecen empleo

    • Educación: Colegios católicos y universidades eclesiásticas requieren docentes, personal administrativo y de mantenimiento.
    • Asistencia social: Organizaciones como Cáritas y otras entidades religiosas contratan trabajadores sociales, psicólogos y coordinadores de proyectos.
    • Gestión y administración: Muchas parroquias necesitan secretarios, contables o personal para la gestión de eventos y actividades pastorales.
    • Mantenimiento y servicios: Iglesias y conventos requieren empleados para limpieza, restauración del patrimonio y seguridad.

En ciudades como Madrid, varias parroquias y entidades eclesiales también funcionan como intermediarias para ayudar a personas en búsqueda de empleo

Si quieres encontrar oportunidades en este sector, lo ideal es consultar sitios web de diócesis, congregaciones religiosas y organizaciones benéficas que publican sus ofertas laborales de manera oficial.

La Iglesia como generadora de empleo

Las iglesias no solo cumplen una función espiritual, sino que también generan miles de empleos a lo largo del mundo. Muchas personas encuentran en las instituciones religiosas una fuente de trabajo estable y regulada por la ley.

En Aster Asesoría, podemos ayudarte a resolver dudas sobre contratación en entidades religiosas, normativas fiscales y gestión laboral en iglesias.

Preguntas frecuentes sobre trabajar en la Iglesia

¿Dónde se pueden encontrar oportunidades para trabajar en la Iglesia?

Si buscas empleo en instituciones religiosas, algunos de los portales más utilizados en España son:

  • Red de Colegios Diocesanos: www.colegiosdioc.es
  • Bolsa de empleo de Cáritas: www.caritas.es
  • Trabajos en parroquias y diócesis: Consultar las páginas web de cada diócesis, como la Archidiócesis de Madrid.
  • Ofertas de empleo en congregaciones religiosas: Muchas congregaciones publican vacantes en sus propios sitios web.
¿Cuáles son los requisitos para trabajar en un colegio católico?

Para trabajar en colegios religiosos, se suelen exigir:

  • Título universitario en la especialidad correspondiente (por ejemplo, Magisterio o Filología).
  • Formación específica en enseñanza religiosa (DEI o certificación de la Conferencia Episcopal).
  • Acreditación en formación pedagógica para secundaria y bachillerato (Máster en Formación del Profesorado).

Muchos colegios católicos también valoran la experiencia en educación y la participación en actividades pastorales.

¿Las parroquias pueden ayudar a conseguir trabajo?

Sí, algunas parroquias tienen programas de apoyo al empleo dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad. A través de redes de caridad y asistencia social, pueden facilitar oportunidades laborales en distintas áreas o conectar a los solicitantes con entidades que buscan personal.