¿Quieres fortalecer la confianza de donantes, socios y administraciones de tu entidad sin ánimo de lucro? Declarar correctamente donativos y subvenciones es central para la reputación de tu organización.
Además, es una buena práctica para evitar sanciones y asegurar el acceso a beneficios fiscales que pueden marcar la diferencia en la sostenibilidad de la organización.
En este artículo de Aster Asesoría exploramos de forma clara y práctica cómo cumplir con estas obligaciones sin perder de vista la misión social. Descubrirás qué exige Hacienda, cómo diferenciar ingresos y, sobre todo, cómo una buena gestión fiscal puede convertirse en un aliado para tu reputación y crecimiento.
La importancia de la transparencia fiscal en las entidades sin ánimo de lucro
Las entidades sin ánimo de lucro tienen un papel muy importante en la sociedad, pero también deben cumplir con ciertas obligaciones fiscales. Declarar correctamente donativos y subvenciones es parte imprescindible de esa responsabilidad.
Cumplir con Hacienda garantiza el acceso a beneficios fiscales y protege la reputación de la entidad. Un error en la declaración puede conllevar sanciones innecesarias o la pérdida de ventajas fiscales, así como perder la confianza de las personas.
La colaboración con nuestros asesores especializados permite que este tipo de organizaciones cumplan con la normativa sin desviarse de su misión.
¿Qué es una entidad sin ánimo de lucro y qué implica fiscalmente?
Una entidad sin ánimo de lucro es aquella que no reparte beneficios entre sus miembros, sino que reinvierte sus ingresos en sus fines sociales, culturales, educativos o religiosos.
Pueden adoptar formas jurídicas como asociaciones, fundaciones o federaciones, y deben estar debidamente inscritas y reguladas según la actividad que desarrollan.
A nivel fiscal, están sujetas a un régimen especial que implica obligaciones y beneficios específicos, especialmente si están acogidas a la Ley 49/2002.
Diferencia entre donativos y subvenciones: el punto de partida
Para declarar correctamente donativos y subvenciones es necesario tener bien claro qué significa cada uno.
- Los donativos son aportaciones voluntarias, normalmente dinerarias, que un particular o empresa entrega a una entidad sin ánimo de lucro sin esperar contraprestación.
- Las subvenciones, en cambio, son ayudas públicas destinadas a financiar actividades concretas, sujetas a condiciones y fiscalizadas por el Estado.
Ambos ingresos tienen tratamientos fiscales distintos, tanto para quien los recibe como para quien los entrega, por lo que conviene diferenciarlos con claridad.
Requisitos y cómo declarar donativos y subvenciones ante Hacienda
Aspecto | Descripción | Modelo/Documento |
Requisitos para que los donativos sean deducibles | Solo son deducibles los donativos realizados a entidades acogidas a la Ley 49/2002. La entidad debe estar inscrita y reconocida por Hacienda, y emitir un certificado de donación con importe, fecha, NIF del donante y de la entidad, finalidad del donativo y carácter irrevocable. | Certificado de donación |
Obligaciones fiscales en la declaración de donativos | La entidad receptora debe presentar el modelo 182 ante Hacienda, informando los donativos recibidos durante el ejercicio fiscal. | Modelo 182 |
Obligaciones fiscales en la declaración de subvenciones | Las subvenciones pueden requerir tributar por el Impuesto sobre Sociedades según su tipo. Es obligatorio llevar una contabilidad detallada que separe donativos y subvenciones. | Contabilidad adaptada y, en su caso, Impuesto sobre Sociedades |
El Modelo 182: el formulario obligatorio para los donativos
El Modelo 182 es de carácter obligatorio para todas las entidades que hayan recibido donativos deducibles, y debe presentarse durante el mes de enero del año siguiente.
Este modelo recoge información sobre los donantes y las cantidades aportadas, y es lo que permite que la deducción aparezca automáticamente en la declaración del IRPF del contribuyente.
Un error en este modelo puede impedir que el donante obtenga su deducción, por lo que su correcta elaboración es de máxima importancia.
Renta y deducción: ¿en qué casilla se declaran los donativos?
La deducción por donativos aparece pre-rellenada en la casilla 723 del IRPF, siempre que el modelo 182 haya sido correctamente presentado por la entidad receptora (la numeración puede variar por campaña; verifícalo en Renta WEB).
Si no aparece, el contribuyente puede incluirla manualmente, considerando que disponga del certificado fiscal de la entidad.
Conviene revisar esta casilla al confeccionar la renta para no perder el beneficio fiscal, especialmente en el caso de donaciones recurrentes o de mayor importe.
En Aster Asesoría, nuestra asesoría fiscal especializada te ayuda a cumplir con Hacienda sin preocupaciones, optimizando beneficios y minimizando riesgos.
¿Cuánto desgravan las donaciones? Porcentajes aplicables
En el IRPF, donar no solo es un gesto solidario, sino también una ventaja fiscal considerable.
Los primeros 250 € aportados desgravan un 80%, lo que supone recuperar 200 € directamente en la declaración.
A partir de ese umbral, el resto de la donación se deduce al 40%, o incluso al 45% si mantienes tu apoyo a la misma entidad durante varios ejercicios consecutivos.
En resumen:
- Primeros 250 € → deducción del 80% (200 € de ahorro).
- Importe restante → deducción del 40% o 45% por fidelidad.
Listado de entidades que permiten deducciones fiscales
La Agencia Tributaria mantiene un listado de entidades que permiten deducciones por donativos, actualizado anualmente y disponible en su página web.
Incluye ONG, fundaciones, entidades religiosas, universidades y organismos públicos, entre otras figuras acogidas a la Ley 49/2002.
Donaciones religiosas: particularidades fiscales y modelo aplicable
Las fundaciones religiosas pueden acogerse al régimen fiscal de la Ley 49/2002, siempre que cumplan los requisitos y se inscriban en el Registro de Entidades Religiosas.
Estas entidades están sujetas al modelo fiscal ordinario y deben presentar el modelo 200 si tributan por Impuesto sobre Sociedades.
Pueden recibir donativos deducibles, y deben emitir certificados igual que cualquier otra organización reconocida por la ley.
Obligaciones fiscales por recibir donativos en una fundación
Las fundaciones están sujetas a controles específicos, incluyendo la supervisión del protectorado correspondiente y la obligación de presentar cuentas anuales.
Al recibir donativos, deben asegurarse de que cumplen con los requisitos de emisión de certificados y la presentación del modelo 182.
Si están acogidas al régimen fiscal especial, pueden beneficiarse de exenciones y deducciones importantes, pero también tienen mayores exigencias de transparencia.
Subvenciones: ¿qué obligaciones fiscales implican para una entidad sin ánimo de lucro?
Las subvenciones deben declararse en el Impuesto sobre Sociedades, salvo que estén expresamente exentas por su naturaleza y finalidad.
En cuanto al IVA, únicamente las subvenciones vinculadas al precio forman parte de la base imponible y generan este impuesto; la mayoría de las subvenciones, especialmente las no vinculadas a operaciones sujetas, no llevan IVA.
Por eso, es importante distinguir entre subvenciones corrientes y de capital, ya que afectan de forma distinta a la contabilidad y a la tributación.
El papel de la contabilidad en la gestión fiscal de donaciones y ayudas
Llevar una contabilidad adaptada al Plan General Contable para entidades sin ánimo de lucro es obligatorio, incluso si la entidad tiene pocos ingresos.
La contabilidad permite acreditar el uso de los fondos y responder ante Hacienda si hay una inspección o requerimiento.
Separar donativos, cuotas de socios, ingresos propios y subvenciones es nuestro principal consejo para cumplir con las exigencias fiscales y justificar cada ingreso.
¿Quieres transformar tu control financiero en una ventaja estratégica? En Aster Asesoría hemos preparado un artículo exclusivo: Asesoría contable: la clave para una gestión financiera exitosa.
Declarar subvenciones públicas: requisitos específicos para asociaciones sin ánimo de lucro
Las subvenciones públicas deben reflejarse en la contabilidad conforme a su naturaleza, ya sea como ingreso del ejercicio o como ingreso diferido.
Se deben conservar las resoluciones, justificantes y documentos de gasto asociados a la subvención, para acreditar su correcta aplicación.
Algunas ayudas pueden estar sujetas a fiscalización posterior, por lo que es clave una gestión rigurosa y bien documentada.
Aster Asesoría: tus donativos, siempre en buenas manos
En Aster Asesoría sabemos que cada organización tiene necesidades fiscales distintas, y ofrecemos soluciones personalizadas adaptadas a tu entidad.
Nuestro equipo combina conocimiento tributario, experiencia en entidades sin ánimo de lucro y tecnología para ofrecer una gestión segura, eficiente y cercana.
Si tu asociación, fundación o entidad religiosa necesita ayuda para declarar donativos y subvenciones, contáctanos. Estaremos encantados de acompañarte.
Preguntas frecuentes sobre cómo declarar los donativos y subvenciones
¿Qué pasa si la entidad recibe donativos no dinerarios (en especie)?
¿Se puede presentar el modelo 182 fuera de plazo?
¿Todas las subvenciones tributan en el Impuesto sobre Sociedades?
¿Qué diferencia fiscal hay entre una cuota de socio y un donativo?
¿Puede una entidad perder el derecho a aplicar el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002?